Miguel Ángel Rodríguez, doble ganador del XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre de Guadalajara
El XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre de Guadalajara ha tenido a Miguel Ángel Rodríguez como gran ganador, al llevarse tanto el primer premio como el premio popular. El concurso, que se celebró el 7 de septiembre de 2024, contó con la participación de 30 pintores que se reunieron en los espacios monumentales más importantes de la ciudad.
El primer teniente alcalde y concejal de Cultura, Javier Toquero, entregó el primer premio a Miguel Ángel Rodríguez, que ofrecía una vista desde la calle Virgen del Amparo hacia Santo Domingo. El premio está dotado de 1.500 €.
Ganadores del XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre de Guadalajara
1º Premio: Miguel Ángel Rodríguez (1.500 €)
2º Premio: Marisol de Marcos (1.000 €)
3º Premio: Pablo Rodríguez (800 €)
4º Premio: Miguel Hernández (500 €)
5º Premio: Francisco Solano (350 €)
6º Premio: Justin Williams (300 €)
Premio Local: Jaime Calvo (300 €)
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Guadalajara 2024
Sábado 07 Sep 2024
Sellado: 7 Sep 2024, 9:00h. – 10:00h. Ayuntamiento de Guadalajara Cómo llegar
Entrega: 17:00h. Plaza de Santo Domingo
Fallo: 19:00h. Plaza de Santo Domingo
Medidas: Mín. 40 cm. – Máx. 120 cm.
E-mail: –
Teléfono: 949 88 70 70
Premios: 1.500 € – 1.000 € – 800 € – 500 € – 350 € – 300 € – Local 300 €
Bases del concurso:
BASES
1.- Objeto
El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los participantes del concurso, aquellos que el jurado considere mejor según varios criterios.
2.- Participantes
2.1.- Podrán participar todos los artistas que lo deseen. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
2.2.- Los participantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara. No podrán estar incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Según el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.
2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara.
3.- Condiciones técnicas
3.1.- El estilo y la técnica serán libres y la temática deberá ser exclusivamente la ciudad de Guadalajara. La obra se realizará in situ el sábado 7 de septiembre de 2024 en la localización seleccionada por el participante (el jurado podrá comprobar dicho requerimiento durante la ejecución de la obra).
3.2.- Cada participante deberá ir provisto de todo material que pueda necesitar para desarrollar su obra, incluido el caballete donde se expondrá su pintura.
3.3.- El soporte, que deberá ser rígido y de superficie lisa, tendrá unas dimensiones mínimas de 40 cm y máximas de 120 cm. Se presentará el día del concurso, entre las 09:00 y las 10:00 horas, en el Ayuntamiento de Guadalajara para ser sellado. Sólo se admitirá un soporte por concursante.
3.4.- A las 17:00 horas se dará por finalizado el XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre “Ciudad de Guadalajara”, debiendo presentarse los concursantes al control establecido en la Plaza de Santo Domingo con su obra terminada. Allí quedará expuesta en su caballete hasta las 19:00 horas, momento en el cual se dará a conocer públicamente el fallo del jurado y se procederá a la entrega de premios.
3.5.- Criterios de valoración: Los premios se otorgarán basándose en criterios de originalidad, técnica utilizada y el realismo de la obra realizada.
4.- Inscripción y publicación de la convocatoria
4.1.- Las inscripciones para la participación en el XXV Concurso Nacional de Pintura Rápida al Aire Libre “Ciudad de Guadalajara” se realizarán en el Ayuntamiento de Guadalajara (Plaza Mayor 1.- 19001 Guadalajara), entre las 09:00 y las 10:00 horas del día 7 de septiembre de 2024.
4.2.- El texto íntegro de la convocatoria estará a disposición de los interesados en el Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara.
4.3.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
5.- Premios
5.1.- Los premios establecidos serán los siguientes:
Premios – Importe – Patrocinador
- Primero – 1.500€ – Ayuntamiento de Guadalajara (Cultura)
- Segundo – 1.000€ – Residencia para Mayores “Nuevo Horizonte”
- Tercero – 800€ – Red de Calor de Guadalajara
- Cuarto – 500€ – Colegio de Arquitectos
- Quinto – 350€ – Colegio de Aparejadores y AATT
- Sexto – 300€ – AUXFISE-G. Noguerales
- Premio Local – 300€ – ADUO Moda Shop Of Trends
- Premio Popular – Cuadro Ayto en Plata – Ayuntamiento de Guadalajara
5.2.- El concursante local (residente o nacido en Guadalajara capital y/o provincia) que obtenga un premio general no podrá participar en el premio local. Ningún concursante podrá obtener más de un premio en metálico.
5.3.- Para otorgar el Premio Popular, entre las 17:00 y 19:00 horas, se colocará una urna en la Plaza de Santo Domingo, donde todas las personas que lo deseen (mayores de 14 años) podrán votar por el cuadro que más les guste. Entre todos los participantes se sortearán dos entradas para los conciertos de Ferias programados por el Ayuntamiento.
5.4.- Las obras premiadas, que se firmarán después de conocido el fallo del jurado, pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara o de la entidad que otorgue el premio, así como los derechos de reproducción. Una vez entregados los premios, las obras no premiadas podrán permanecer expuestas para su venta hasta las 20:30 horas. La organización del concurso no se responsabiliza de las mismas.
5.5.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.
6.- Órganos competentes para la instrucción y la resolución
El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es el Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el Concejal Delegado de Cultura y Patrimonio Histórico.
7.- Jurado
7.1.- El jurado estará compuesto por diversas personalidades relacionadas con el mundo de las Bellas Artes y de la Pintura en particular, y su decisión será inapelable. Actuará como presidente del jurado la Alcaldesa de Guadalajara o concejal en quien delegue.
7.2.- Este jurado levantará acta final de sus resoluciones. Este documento constituirá propuesta de acuerdo al Concejal Delegado de Cultura y Patrimonio Histórico, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.
7.3.- Las decisiones del jurado serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.
7.4.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del jurado.
8.- Otras determinaciones
8.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.
8.2.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
9.- Norma final
Las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2024, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.
Fuente: https://www.guadalajara.es/es/ciudad/fiestas-tradicionales/fiestas-tradicionales-ferias-y-fiestas
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