Francisco Luna gana el IV Concurso de Pintura Rápida de Setenil de las Bodegas (Cádiz) 2026
Setenil de las Bodegas celebró la cuarta edición de su Concurso de Pintura Rápida, en el que los artistas premiados ofrecieron diferentes interpretaciones de uno de los paisajes urbanos más singulares de la provincia de Cádiz, caracterizado por sus casas blancas, sus grandes formaciones rocosas y sus calles construidas bajo la piedra.
El primer premio fue para Francisco Luna, con una colorida interpretación del casco urbano de Setenil. Su obra recoge las viviendas escalonadas sobre la roca mediante una composición de gran riqueza cromática, donde los blancos de las fachadas conviven con rojos, amarillos, violetas y verdes. Las manchas de color y la superposición de edificios aportan dinamismo a esta particular visión del municipio.
El segundo premio correspondió a Jerónimo López Perea, con una pintura que representa una de las características calles de Setenil, protegida por una enorme formación rocosa. La escena muestra numerosos viandantes y terrazas bajo una intensa iluminación que proyecta largas sombras sobre el pavimento. El contraste entre las zonas iluminadas y las sombras constituye uno de los elementos principales de la composición.
El tercer premio fue para José Antonio Galán, con una interpretación del conjunto urbano de Setenil en la que destacan las casas blancas distribuidas sobre las diferentes alturas del terreno, las formaciones rocosas y la arquitectura monumental de la zona superior. La obra presenta un tratamiento geométrico de las construcciones, con una paleta de blancos, ocres y grises, acompañados de grandes manchas oscuras que representan la vegetación.
Las tres pinturas premiadas muestran distintas maneras de interpretar la particular arquitectura de Setenil de las Bodegas, desde una visión colorista y fragmentada hasta una representación de sus calles y otra de carácter más geométrico.
Listado de premiados:

1º Francisco Luna


2º Jerónimo López Perea

3º José Antonio Galán
Obras Presentadas:





Setenil de las Bodegas (Cádiz):
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Setenil de las Bodegas (Cádiz)
Sábado 17 Oct 2026
Inscripción: Hasta el 17 Oct 2026 09:00h. Mediante formulario en el Ayuntamiento o por e-mail
Sellado: 09:00h. Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas Cómo llegar
Entrega: Hasta 17:00h. Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas
Fallo: 18:00h.
Medidas: Mín. – Máx. 100×100 cm.
E-mail: ayuntamiento@setenildelasbodegas.es
Teléfono: –
Premios: 600 € – 500 € – 400 €
Bases del Concurso
BASES REGULADORAS
CONCURSO DE PINTURA SETENIL DE LAS BODEGAS
PROYECTO: Plan de Acción 2026. Promoción y Dinamización Cultural Sierra de Cádiz. Expte. Nº 299/2025.
La Mancomunidad viene apostando por una política cultural y turística basada en la recuperación y difusión de su Patrimonio Cultural, diseñando y desarrollando programas y planes para su valorización, conservación y difusión, en aras de utilizar un recurso patrimonial creando un producto cultural para dar raíces y consistencia a una determinada sociedad, para elevar el nivel cultural de las personas, para sentir y generar orgullo de nuestra identidad, para conservar el medio en el que se encuentra el bien cultural, para atraer visitantes y con ello crear puestos de trabajo y riqueza, etc.
Dentro del marco competencial que corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, a través del Área de Cultura, se desarrollan actividades que fomentan la participación ciudadana, de conformidad con la regulación contenida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 25, en el que se establece que: “El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. El Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas en las siguientes materias: […] m). Promoción de la cultura y equipamientos culturales”.
En el mismo sentido, se pronuncia el artículo 9.17 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. El Área de Cultura considera que, para ejercer las competencias en esta materia y en cualquier otro ámbito de actuación de forma eficiente y para que la participación en las actividades que organice sea elevada, es importante que estén adecuadamente planificadas, mejorándose así la eficacia de las actuaciones municipales.
Este concurso se enmarca dentro del Plan de Acción 2026 – Promoción y Dinamización Cultural de la Sierra de Cádiz.
LÍNEA: Plan de comunicación y difusión del Patrimonio Cultural de la Sierra de Cádiz.
ACTUACIÓN 1: Concurso de Pintura y Dibujo. Acción de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz y financiada al 100 % por el Convenio de colaboración formalizado con la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.
Dentro de este contexto, la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz y el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas realizan la presente convocatoria pública del Concurso de Pintura 2026 Setenil de las Bodegas, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, rigiéndose por las presentes Bases, Ordenanza General de Subvenciones, Acuerdo de Colaboración entre la Mancomunidad y el Ayuntamiento, y normativa que resulte de aplicación.
Los trabajos premiados podrán ser difundidos y exhibidos en plataformas y redes sociales, tanto de la propia Mancomunidad como del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas y de otras administraciones y organismos públicos.
Asimismo, los trabajos premiados pasarán a formar parte de la colección del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.
La organización del concurso se reserva el derecho de hacer modificaciones o tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que las mismas contribuyan al mayor éxito de la convocatoria.
La presentación de una obra al concurso implica necesariamente la aceptación previa, íntegra e incondicional de las siguientes bases por parte de las personas participantes en el concurso.
Las siguientes son las bases que rigen el concurso:
PRIMERA. Objeto. Condiciones y finalidad.
El Concurso de Pintura tiene como objetivo la promoción y dinamización cultural, fomentar el patrimonio artístico y cultural de la comarca de la Sierra de Cádiz, a través de la participación ciudadana.
Organizado por la Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz y el Excmo. Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, conforme al convenio de colaboración formalizado, la cuarta edición de este concurso contempla la modalidad de pintura rápida y técnica libre.
De conformidad con el citado Convenio de colaboración, la Mancomunidad de la Sierra de Cádiz y el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas vienen apostando por una política cultural y turística basada en la recuperación y difusión del Patrimonio Cultural mediante la realización de una serie de acciones que pongan en valor, fomenten y den difusión y promoción a su patrimonio artístico y cultural.
El procedimiento de concesión de los premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en los artículos 5 y 7 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Esta convocatoria se ajusta, en la concesión de los premios, a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
SEGUNDA. Beneficiarios/as – Participantes.
Podrán participar todos/as aquellos/as pintores/as que lo deseen, tanto profesionales como aficionados/as, sean nacionales o extranjeros/as, y que sean mayores de edad, salvo aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos específicos de participación establecidos en estas bases, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
TERCERA. Número de obras.
Cada participante podrá concurrir con una única obra pictórica, con libertad de tema, procedimiento y materiales. En caso de detectarse participantes que presenten más de un trabajo, quedarán automáticamente descalificados/as.
CUARTA. Temática y formato.
El tema de la obra es libre y abierto a todas las técnicas pictóricas, ya sea óleo, acrílicos, acuarelas o técnicas mixtas. No se admiten técnicas digitales.
Las medidas no excederán de 100 cm en cualquiera de sus lados. La obra deberá ser inédita y original. Cualquier obra presentada que no se ajuste al formato de presentación será desestimada por el jurado y quedará automáticamente descalificada.
QUINTA. Premios.
Se fijan los siguientes premios, a los que se aplicará la legislación vigente en materia de IRPF, a los efectos de los descuentos correspondientes:
Primer premio: 600 euros.
Segundo premio: 500 euros.
Tercer premio: 400 euros.
Las obras premiadas no podrán ser presentadas a otros concursos y pasarán a formar parte del patrimonio del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, reservándose todos los derechos sobre las mismas, incluidos los de reproducción, sin que se deba abonar al autor/a otra cantidad aparte de la del premio.
Las demás obras no premiadas deberán ser retiradas por los/as participantes tras la clausura de la exposición.
Si el jurado así lo considerara, podrá dejar desierto alguno de los premios.
La concesión de premios podrá llevar incluida la difusión, por parte de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz, de las obras premiadas, sin que esto suponga ningún otro tipo de remuneración para los/as autores/as.
Los premios serán abonados mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique cada premiado/a, financiados en el marco del “Plan de Acción 2026 – Promoción y Dinamización Cultural de la Sierra de Cádiz. LÍNEA: Plan de comunicación y difusión del Patrimonio Cultural de la Sierra de Cádiz. ACTUACIÓN 1: Concurso de Pintura”; acción de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz con cargo al Convenio de colaboración formalizado con la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.
SEXTA. Inscripción, plazo y presentación.
La presentación de inscripciones se realizará en el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas y el plazo finalizará el día 17 de octubre a las 9:00 horas.
La participación es libre y gratuita, previa inscripción mediante el formulario adjunto y su devolución al e-mail ayuntamiento@setenildelasbodegas.es.
La fecha de celebración del presente certamen, en la localidad de Setenil de las Bodegas, será el 17 de octubre de 2026.
Los participantes quedan convocados a las 9:00 horas en el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas para el obligado sellado de los soportes con los que participarán. Dispondrán hasta las 17:00 horas para realizar sus trabajos.
Las obras se presentarán y entregarán en el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, sin firmar, acompañadas de plica bajo seudónimo que incluirá en su interior lo siguiente: nombre y apellidos, fotocopia del DNI, domicilio, teléfono de contacto, correo electrónico y título de la obra.
En el frontal del sobre debe poner: “CONCURSO DE PINTURA 2026 – Setenil de las Bodegas” y un seudónimo.
Como los datos resultan esenciales a la hora de informar a las personas reconocidas por el concurso, si de inicio no son completos, no será aceptada esa participación.
La organización no se responsabiliza del deterioro de las obras y se compromete a manipularlas con el máximo cuidado.
Se realizará una exposición con los cuadros presentados en la Fiesta Local de Moros y Cristianos, del día 17 al día 18 de octubre de 2026.
SÉPTIMA. Jurado y fallo.
EL JURADO
Tras la verificación inicial del cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión, las personas candidatas que se presenten al presente Concurso ingresarán a un sistema de evaluación a cargo de un jurado integrado por personas especialistas en las distintas disciplinas artísticas.
Su composición será designada por el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas y no se hará pública hasta el momento de la concesión del premio, siendo su fallo inapelable.
El jurado tendrá autonomía para adoptar decisiones en aquellos aspectos no previstos en las presentes bases y condiciones, o que surjan por aplicación de las mismas, siempre que se preserven los objetivos del certamen y con la debida fundamentación, de la manera más conveniente para el desarrollo del certamen.
Quienes actúen como miembros del jurado deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
FALLO
Para la concesión de los premios, el jurado valorará el ajuste de las obras pictóricas a las normas de técnicas y formato, así como las dotes creativas del autor o autora. Las consideraciones a medir serán las siguientes:
1. Originalidad y creatividad: el jurado evaluará la originalidad de las obras presentadas y la capacidad del artista para ofrecer una visión única y creativa. Se debe valorar el buen uso de técnicas, materiales y conceptos.
2. Técnica y habilidad: el jurado evaluará la calidad de la ejecución, la precisión en el manejo de los materiales y la destreza y habilidad en la aplicación de las técnicas utilizadas.
3. Uso del color y la luz: el jurado evaluará la utilización del color y el manejo de la luz en la obra, cómo se utilizan estos elementos para transmitir emociones, crear atmósferas y lograr efectos visuales interesantes.
4. Composición y diseño: el jurado evaluará la composición de la obra y su diseño general, así como la armonía, el equilibrio, la distribución de los elementos, la profundidad y la perspectiva, entre otros aspectos relacionados con la estructura visual de la obra.
5. Coherencia conceptual: el jurado evaluará si la obra tiene un concepto claro y si este se desarrolla de manera coherente en la composición y el diseño. Se valorará la capacidad del artista para transmitir un mensaje o una idea a través de su trabajo que se alinea con el concurso.
6. Cumplimiento de las bases del concurso: el jurado se asegurará de que las obras presentadas cumplen con los requisitos establecidos en las bases del concurso. En el caso de que se incumplan los requisitos, la obra no será admitida ni preseleccionada.
El jurado formulará una propuesta de concesión o fallo, del cual levantará la correspondiente acta, que será firmada por todos sus miembros con arreglo a los criterios de valoración contenidos en las presentes bases, donde se deje constancia del resultado del certamen, con el orden de los/as ganadores/as.
En las publicaciones de los resultados del concurso se omitirán sus fundamentos.
El jurado podrá declarar desierto el premio si la calidad de los trabajos no es suficiente.
El fallo se producirá, como fecha máxima, el día 17 de octubre a las 18:00 horas.
El fallo será inapelable y se hará público a través de la página web de la Mancomunidad y del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, así como de los medios de comunicación o redes sociales que estime oportuno.
La Mancomunidad, el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas y el jurado designado no mantendrán comunicación alguna con las personas participantes respecto a sus obras pictóricas, ni ofrecerán ninguna información que no sea el propio fallo recogido en el Acta Oficial de Premiación.
OCTAVA. Entrega de premios.
Una vez publicados los resultados del certamen, la Mancomunidad se pondrá en contacto con los/as participantes premiados/as de manera individual, vía teléfono o por correo electrónico, para comunicar la premiación y solicitar la aceptación del premio a los/as ganadores/as.
Si uno de los/as ganadores/as no aceptase el premio, el mismo será adjudicado de pleno derecho al postulante suplente seleccionado que sigue en orden de mérito.
La entrega de premios podrá realizarse en un acto público a celebrar, previsiblemente, en el mes de diciembre de 2026 en la sede de la Mancomunidad.
La ausencia injustificada, a juicio de la Mancomunidad, de los/as autores/as premiados/as se entenderá como renuncia a la cuantía económica con la que están dotados los premios.
Por el hecho de participar con la presentación de sus obras en el presente certamen, los/as candidatos/as prestan su conformidad y autorizan, en caso de resultar ganadores/as, para que se difunda su nombre, apellido, DNI, lugar de residencia, título de la obra y, de ser necesario, una breve sinopsis de la misma, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine la entidad, por tiempo indefinido, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.
NOVENA. Originalidad de las obras y derechos de autor/a.
Al presentar sus obras, los/as participantes garantizan, con total indemnidad para la Mancomunidad y el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, la autoría y la originalidad de las obras presentadas y que estas no son copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
Los/as participantes garantizan, con total indemnidad para la Mancomunidad y el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, el carácter inédito de las obras presentadas y la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre las mismas y frente a terceros, sin hallarse sometidos a ningún otro concurso pendiente de resolución.
La simple inscripción al presente certamen equivale a una declaración jurada de los/as candidatos/as, afirmándose como autores/as legítimos/as de las obras.
Los/as autores/as de las obras que resulten premiadas están obligados/as a suscribir el correspondiente contrato de cesión de derechos de autor/a según la legislación vigente.
La participación en el certamen otorga el derecho exclusivo y gratuito a las entidades organizadoras para que puedan ejercer el derecho sobre el uso de las obras presentadas, sin límite temporal ni territorial, y para que puedan difundirlas en cualquier medio.
Asimismo, el/la autor/a confiere a las entidades organizadoras la facultad para autorizar a terceros a realizar tales actos, sin fines de lucro, sobre las obras, ateniéndose en todo caso a lo que disponga la Ley de Propiedad Intelectual.
Asimismo, el/la autor/a de las obras ganadoras y finalistas responderán ante la Mancomunidad y el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas del ejercicio pacífico de los derechos de propiedad intelectual indicado en el presente punto y, a estos efectos, exoneran a ambas entidades de cualquier responsabilidad dimanante del no cumplimiento o cumplimiento defectuoso de estas bases y garantías.
En este sentido, en el supuesto de que la Mancomunidad y/o el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas fuesen objeto de cualquier reclamación judicial o extrajudicial iniciada por terceros y basada en posibles infracciones de derechos en relación con las obras, el/la autor/a asumirá todos los gastos, costes e indemnizaciones que pudiesen derivarse de tales acciones, respondiendo frente a ambas entidades o frente a tales terceros, según corresponda.
DÉCIMA. Aceptación de las bases.
Por el hecho de concurrir al premio, las personas participantes en el certamen convocado aceptan estas bases y se comprometen a no retirar su propuesta, una vez entregada o enviada, hasta que no se produzca el fallo del jurado.
La participación en este certamen implica la aceptación de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases y la prestación del consentimiento para el tratamiento de sus datos.
Para oponerse a este tratamiento, así como para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, puede contactar en el siguiente correo electrónico: registro@mmsierradecadiz.org.
Cualquier irregularidad o violación de estas normas comportará la descalificación inmediata del participante y su renuncia a cualquier nominación o premio que le hubiese sido propuesto.
DÉCIMO PRIMERA. Protección de datos personales.
En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se informa a los/as participantes que sus datos personales, así como las fotografías del acto de entrega, se incorporan a un fichero de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz para la gestión y el desarrollo del certamen.
DÉCIMO SEGUNDA. Régimen jurídico.
En lo no previsto por la presente convocatoria, será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley citada; y con carácter supletorio por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
LA PRESIDENTA DE LA MMSC
DÑA. ANA ISABEL MEDINA CURQUEJO
EL ALCALDE DEL AYTO. SETENIL DE LAS BODEGAS
D. RAFAEL VARGAS VILLALÓN
ANEXO
SOLICITUD PARTICIPACIÓN
CONCURSO DE PINTURA 2026 SETENIL DE LAS BODEGAS
D./Dª. ________________________________________________, mayor de edad, con DNI/NIE o pasaporte número ____________________ y domicilio en ____________________, calle __________________________________________ número ________, provincia ____________________, con número de teléfono ______________ y dirección de correo electrónico ________________________________________________________________.
EXPONGO:
Que deseo participar en el Concurso de Pintura Sierra de Cádiz convocado por la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz y el Excmo. Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, presentando para ello la siguiente obra:
Título de la obra: ________________________________________________________________
Seudónimo: ____________________________________________________________________
SOLICITO se tenga por recibido el presente escrito y sea considerado/a participante.
En __________________ a ______ de __________________ de 2026.
Fdo.: _________________________________________
DNI: _______________________
A/A SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SETENIL DE LAS BODEGAS
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales, por la que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, se le informa que los datos de carácter personal que Ud. nos facilita se incluirán en un fichero con la finalidad de mantenerle informado del desarrollo de esta convocatoria.
Ud. tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos o, en su caso, cancelarlos dirigiéndose al Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, como responsable del fichero, con domicilio en Calle Villa nº 5, CP 11692, Cádiz. :chatgpt-content-reference{index=”0″}

